¿Debo incluir niños en el Formulario I-485?

niños en el formulario i-485 ajuste de estatus Al preparar una solicitud de Ajuste de Estatus, también es necesario incluir a sus hijos en el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

Pero cada niño deberá tener una solicitud I-485 por separado si está inmigrando con usted. Incluso si el niño figuraba como solicitante derivado en una petición de visa aprobada (como el Formulario I-130 o el Formulario I-140), cada solicitante de residencia permanente (tarjeta verde) debe presentar un Formulario I-485, Solicitud de ajuste por separado. Estado.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) tiene una definición específica para los niños. Por lo tanto, es importante que comprenda quién califica como niño a los efectos del ajuste de estatus.

Niños en su solicitud del Formulario I-485

Al preparar el Formulario I-485, Solicitud de ajuste de estatus, el padre enumerará a todos sus hijos e hijas en la Parte 6, independientemente de si son:

  • Vivo, desaparecido o muerto;
  • Nacido en otros países o en los Estados Unidos;
  • menores de 18 años o adultos;
  • casado o soltero;
  • Vivir con usted o en otro lugar;
  • Hijastros o hijastras o legalmente adoptados o
  • Nacido cuando no estabas casado.

También se le preguntará si «este niño está solicitando con usted». Sin embargo, responder “Sí” no le otorgará beneficios de inmigración a su hijo. Cada niño debe ser elegible y presentar una solicitud por separado.

Quién se considera un «niño»

A los fines del proceso de inmigración, USCIS considera que un niño es un hijo o hija soltero menor de 21 años que también es cualquiera de los siguientes:

  • Un hijo genético nacido en el matrimonio
  • Un hijo genético nacido fuera del matrimonio:
    • Si la madre es peticionaria, no se requiere legitimación.
    • Si el padre es peticionario, se requiere legitimación de acuerdo con las leyes del lugar de residencia del padre o del hijo.
    • Si el padre está peticionando y la relación no está legitimada bajo las leyes aplicables, se debe demostrar que existió una relación padre-hijo de buena fe antes del cumpleaños número 21 del niño y mientras el niño no estaba casado.
    • Un niño nacido a través de Tecnología de reproducción asistida (ART) de una madre gestacional no genética que está reconocida por la ley de la jurisdicción correspondiente como el padre legal del niño en el momento del nacimiento del niño.
  • Un hijastro, siempre y cuando el matrimonio que creó la relación de padrastro ocurrió antes de que el niño cumpliera 18 años.
  • Un niño adoptado si el niño fue adoptado antes de los 16 años (una excepción es si se adoptan hermanos, siempre que uno sea menor de 16 años, el otro podría ser mayor de 16 pero menor de 18), Y el niño adoptado ha residido en el custodia legal y física del padre adoptivo durante 2 años antes de la presentación (la custodia legal y física no tiene que ser el mismo período de tiempo, pero cada una debe cumplirse durante 2 años) Sin embargo, la mayoría de la inmigración basada en la adopción ocurre a través del huérfano procesos interpaíses o de La Haya.

RECOMENDADO: Envejecimiento y cómo puede ayudar la Ley de protección del estado del niño

Niños en inmigración basada en la familia

Al igual que un adulto, un niño generalmente puede ajustar su estatus si está físicamente presente en los Estados Unidos a través de una entrada legal y una visa está disponible de inmediato.

El hijo de un ciudadano estadounidense puede presentar simultáneamente un Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, con el Formulario I-485 porque una visa siempre está disponible para los familiares inmediatos. El hijo de un residente permanente legal puede tener que esperar hasta que el Formulario I-130 sea aprobado y actualizado. Las categorías de preferencia familiar generalmente tienen un tiempo de espera debido a un número limitado de visas cada año. Asimismo, los hijos solicitantes derivados requerirán que la petición del mandante esté aprobada y vigente.

Si eres un… Luego
Ciudadano estadounidense que solicita a su hijo (soltero y menor de 21 años) Su hijo puede presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, al mismo tiempo que presenta el Formulario I-130.
Ciudadano estadounidense que solicita a su hijo o hija adulto (casado y/o mayor de 21 años) Usted presenta el Formulario I-130. Su hijo o hija presenta el Formulario I-485 cuando hay un número de visa disponible.
Ciudadano estadounidense que solicita a su hermano o hijo o hija adulto que también tiene un hijo Usted presenta el Formulario I-130 para su hermano, hijo adulto o hija adulta como beneficiario principal. Incluir al hijo del mandante como beneficiario derivado. Todos pueden presentar el Formulario I-485 cuando haya una visa disponible.
Residente permanente (titular de la tarjeta verde) que solicita a su hijo, hijo o hija Usted presenta el Formulario I-130. Su hijo, hijo o hija puede presentar el Formulario I-485 cuando haya un número de visa disponible.
Residente permanente (titular de la tarjeta verde) que solicita a su hijo o hija adulto que también tiene un hijo Usted presenta el Formulario I-130 para su hijo o hija adulto como beneficiario principal. Incluir al hijo del mandante como beneficiario derivado. Todos pueden presentar el Formulario I-485 cuando haya una visa disponible.

Para obtener más información, visite nuestra sección sobre inmigración basada en la familia o tarjeta verde mediante ajuste de estatus.

Si el beneficiario no está físicamente presente en los Estados Unidos, debe solicitar una tarjeta verde a través del proceso consular.

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