¿Qué es el Formulario I-134, Declaración Jurada de Apoyo?

Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio El formulario I-134, Declaración jurada de apoyo, es una forma para que los visitantes de los Estados Unidos demuestren que tienen el respaldo financiero para pagar su viaje durante un viaje. El gobierno de EE. UU. quiere que los viajeros extranjeros se aseguren de que partirán cuando su visa expire o el propósito de su viaje haya concluido. El patrocinio de un residente de los EE. UU. es una forma de brindar esta garantía de que el visitante temporal no será una carga pública (dependerá del apoyo financiero del gobierno).

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Quién debe presentar el formulario I-134

Antes de que el gobierno de los EE. UU. otorgue una visa, los visitantes deben demostrarle al funcionario consular que no es probable que se conviertan en una carga pública. En otras palabras, el solicitante de la visa debe demostrar que tiene suficiente dinero para pagar sus gastos durante el transcurso del viaje. Los gastos pueden incluir razonablemente transporte, comida, alojamiento e incluso posibles tratamientos médicos.

Algunos visitantes tienen muchos activos (como bienes raíces, propiedad personal, cuentas en efectivo) y pueden documentar más fácilmente su capacidad para pagar todos los gastos durante un viaje a los EE. UU. Para otros, esto puede ser difícil de probar. Los visitantes sin muchos recursos económicos pueden encontrarse con un problema. Puede incluir a jóvenes, viajeros de bajos ingresos y otros. Estas personas pueden usar el Formulario I-134, Declaración jurada de apoyo, como una forma de superar el problema.

Algunos de los usos más comunes del Formulario I-134 incluyen, entre otros:

  • Visitantes con visa B-2
  • Titulares de visa de prometido K-1
  • Solicitantes de libertad condicional humanitaria

También puede ser necesario presentar el Formulario I-134 para un no inmigrante B, F o M que solicita una extensión de estadía o un cambio de estatus. Este formulario también puede ser solicitado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos en ciertos casos.

RECOMENDADO: Obligaciones del patrocinador I-134

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Por lo general, un ciudadano de los EE. UU., nacional de los EE. UU. o residente permanente legal puede actuar como patrocinador. También es posible que ciertos no inmigrantes con autorización de empleo califiquen como patrocinador. El patrocinador debe presentar un Formulario I-134 por separado para cada visitante extranjero.

Al firmar el Formulario I-134, un patrocinador no acepta pagar todos los gastos del visitante. De hecho, el visitante extranjero puede planificar cubrir todos sus gastos durante el transcurso del viaje. La declaración jurada es simplemente una garantía, o promesa al gobierno de los EE. UU., de que el patrocinador pagará al gobierno de los EE. UU. en caso de que el ciudadano extranjero alguna vez dependa de los beneficios públicos.

La mayoría de los abogados de inmigración consideran que el Formulario I-134 no se puede hacer cumplir. En la práctica, es prácticamente imposible que un ciudadano extranjero solicite asistencia pública. Además, el gobierno tiene los recursos para rastrear y hacer cumplir las garantías.

El formulario I-134 es diferente al formulario I-864

El Formulario I-134 a veces se confunde con el Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo. Para los futuros inmigrantes que solicitan una tarjeta verde, el Formulario I-864 es generalmente una parte necesaria del paquete de solicitud. La mayoría de los solicitantes de tarjetas verdes utilizan la declaración jurada I-864 como un medio para eliminar el motivo de inadmisibilidad por carga pública. Al igual que el Formulario I-134, un ciudadano estadounidense o un residente permanente actúa como un patrocinador que promete reembolsar al gobierno si el futuro inmigrante alguna vez depende de ciertos beneficios públicos.

En general, los visitantes temporales usan el Formulario I-134 y los inmigrantes potenciales presentan el Formulario I-864.

Costo para presentar la declaración jurada I-134

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) y el Departamento de Estado de EE. UU. no cobran ninguna tarifa por presentar el Formulario I-134. El patrocinador debe enviar la declaración jurada I-134 y todos los documentos de respaldo al solicitante de la visa. El solicitante de la visa presenta la documentación como parte de la solicitud.

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