¿Qué es un solicitante principal y un solicitante derivado en el Formulario I-485?
Si está solicitando una tarjeta verde, necesitará saber si es un solicitante principal o un solicitante derivado. Aunque USCIS eliminó la pregunta en la edición más reciente del Formulario I-485, Solicitud de ajuste de estatus, la terminología todavía se usa en la Parte 2. Los solicitantes son uno u otro. Aquí le mostramos cómo determinar si usted es un solicitante principal o derivado.

Resumen
Solicitante principal explicado
Un solicitante principal en el Formulario I-485 es el inmigrante principal o con la intención principal nombrado en una petición de inmigrante. Si usted es el único solicitante en su familia que está ajustando su estatus, usted es un director. La mayoría de las personas son solicitantes principales.
Una petición de inmigrante es el formulario del gobierno que solicita el reconocimiento como alguien que tiene un camino calificado para el estado de residencia permanente. Para la inmigración basada en la familia, un pariente presenta el Formulario I-130. (Un ciudadano estadounidense también puede presentar el Formulario I-129F para un prometido extranjero). Los patrocinadores basados en el empleo usan el Formulario I-140. El I-130, I-129F e I-140 son todos ejemplos de peticiones de inmigrantes. La persona nombrada como beneficiario en la petición de inmigrante es el solicitante principal.
Solicitante de derivados explicado
Un solicitante derivado es un inmigrante potencial que no puede ser peticionado directamente, pero que puede adquirir la capacidad de ajustar el estatus a través del solicitante principal. El cónyuge y los hijos solteros (menores de 21 años) del beneficiario principal generalmente reciben los mismos o similares beneficios de inmigración (tarjeta verde) que el principal. Siempre que estén nombrados en la misma petición que el solicitante principal, el cónyuge y los hijos generalmente calificarán como solicitantes derivados.
Esto se vuelve un poco confuso para la categoría de pariente inmediato. Los parientes inmediatos son el cónyuge, los hijos solteros (menores de 21 años) y los padres de ciudadanos estadounidenses. No puede haber solicitante derivado de familiares inmediatos. Eso se debe a que el cónyuge y los hijos solteros (menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses ya califican como parientes inmediatos. Cada uno requiere su propia petición I-130, y cada uno es un solicitante principal en el Formulario I-485.
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Ejemplos de Principales y Derivados
Ejemplo 1
John es un ciudadano sudafricano con esposa e hijo (10 años). El hermano de John es un ciudadano estadounidense que presentó el Formulario I-130 para solicitarle el estatus de residente permanente. La esposa y el hijo de John también figuraban como miembros de la familia en la petición I-130. Cuando John sea elegible para presentar el Formulario I-485 para ajustar el estado, lo hará como el solicitante principal. Fue él quien fue solicitado. Su esposa e hijo también pueden presentar solicitudes I-485 individuales como solicitantes derivados porque su elegibilidad provino del principal (John).
Ejemplo 2
María y su hija (15 años) son ciudadanas mexicanas. Recientemente se casó con un ciudadano estadounidense y todos se mudarán a los Estados Unidos. George, el ciudadano estadounidense, presenta una petición I-130 para María y presenta una petición I-130 por separado para su nueva hijastra. Ambos son parientes inmediatos y requieren sus propias peticiones. Por lo tanto, ambos son solicitantes principales.
Evidencia para presentar con el Formulario I-485
Es posible que deba presentar evidencia de su condición de solicitante principal o derivado. Los solicitantes que presenten el Formulario I-130 al mismo tiempo que el Formulario I-485 pueden ignorar este requisito. Sin embargo, cualquier solicitante principal con una petición de inmigración pendiente o aprobada, debe presentar el recibo o aviso de aprobación. Por ejemplo, puede enviar el Formulario I-797C, Notificación de acción (como se muestra a continuación) como evidencia.

Generalmente, los solicitantes derivados solo pueden ajustar el estatus una vez que USCIS apruebe la petición de inmigrante del solicitante principal. Hay excepciones. El solicitante derivado tendrá una petición subyacente que nombrará al solicitante principal y deberá presentar el aviso de aprobación con el Formulario I-485.
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